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CAPÍTULO I

ORÍGENES Y EVOLUCIÓN DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

JUNTA DE CARIDAD DE SAN JOSÉ - JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL DE SAN JOSÉ.

Período 1784-1845

La Junta de Caridad es legalmente instituida 15 meses después de dictada la Constitución Política que entró en vigencia el 9 de abril de 1844, aboliendo ésta en todas sus partes y artículos la Ley Fundamental del Estado de 21 de enero de 1825[1].

El grupo social que tuvo el poder en esos momentos, es el mismo que se encargó a través de la autonomía de la Junta de Caridad de organizar los servicios de higiene y salud para la ciudad de San José, modelo adoptado luego a nivel nacional, por medio de las Juntas de Caridad creadas por iniciativa de la mencionada en San José, en otras provincias del territorio nacional.

Es importante señalar que el Estado incipiente, como interventor, fiscalizador y benefactor, siempre estuvo presente en las acciones realizadas por la Junta de Caridad y la Junta de Protección social de San José. Desde un inicio, no solo en su organización; sino también en el auxilio económico, como se comprueba en los documentos que se citarán más adelante. Si bien es cierto la formación de una institución como la Junta de Protección Social de San José, estuvo al amparo de las personas que se dignaron extender su mano, con diferentes tipos de limosnas, donaciones y/o legados, siempre el Estado por medio de sus gobernantes y dirigentes, han velado por su sostenimiento.

La historia de la Junta de Caridad se desprendió de la elite, de la clase dirigente, cuyas actividades intentaron traspasar las maravillas de Europa a su pequeño mundo[2]. Resalta Cruz Molina[3] en 1981, como la Junta es producto del esfuerzo tenaz de una parte de la oligarquía costarricense, que la hace distinta de otras de su género, pues sin caer en el error de la generalización, se puede decir que este conoce de cerca la realidad del grupo no privilegiado, aunque eso no implique necesariamente, que propicie un cambio radical que elimine tal situación, sino que procura el alivio de ella.

Los primeros pasos en el campo de la salud o higiene pública, y los primeros intentos por fundar un Hospital en Costa Rica, se dieron a finales del Siglo XVIII, específicamente en1784, cuando la Real Audiencia de Guatemala determina que el edificio que ocupan los Padres misioneros de San Francisco, llamado de la Soledad, (en Cartago), siga sirviendo de Hospital...[4]

Refieren los documentos analizados, que la fundación de la Junta de Caridad, como entidad de beneficencia y socorro a los más necesitados, surge en nuestro país, en el seno de la clase eclesiástica, (modelo de España, desde la Colonia, unido al aparato militar y religioso), atribuyéndosele al Obispo de Nicaragua y Costa Rica, Monseñor Esteban Lorenzo de Tristán, el primer intento de cumplir con ese objetivo[5]. El obispo Tristán antes de marcharse a Guatemala, antes de 1785, entregó los primeros doscientos pesos[6] para convertir como señalé anteriormente, el Convento de la Iglesia de la Soledad de Cartago en la primera casa Hospital de Caridad, denominada de San Juan de Dios, la cual cierra sus puertas a principios del Siglo XIX, por falta de sustento económico y apoyo del Estado. Indica Láchner, en documento publicado en la Revista de Costa Rica en el Siglo XIX, que para 1791, se comenzó a instalar el Hospital de San Juan de Dios, en Cartago, siendo su Prior administrador Fray Pablo Bancos. A esto contribuyó mucho el testamento de Luis Méndez, por el cual destinaba 896 pesos a favor de aquella institución. Describe Láchner: el Hospital no llegó a formalizar sus servicios, pues vemos que en 1804, habiendo pedido cuentas la Real Audiencia, al albacea de Luis Méndez, José Ruperto Prieto, en vista de la mala situación del Hospital, este albacea contesta haber gastado 102 pesos en costas, 19 en portes, 4 en el poder, haber remitido 191 a Ubico(¿) y pertenecerle a él 116 o sea el quinto del resto, quedando el legado reducido a 464 pesos, cantidad que él promete pagar cuando lo pida el Hospital, para lo cual vendería su casa nueva en la esquina de la plaza principal

Esta Casa Hospital tuvo el fin primordial de atender a los enfermos de Lepra, llamados Los Lazarinos, debido a que padecían el mal padeció Lázaro, según lo describen las Sagradas Escrituras, y a cualquier otro enfermo que se presentara con afecciones a ese establecimiento.

En 1814 el Obispo Fray Nicolás García Jeréz realizó un segundo intento de crear el Hospital, que fue destruido por un terremoto el 7 de mayo 1822[7]. Se realizaron gestiones en la Municipalidad de Cartago para reedificación del Convento de la Soledad, en Cartago, donde funcionaba la Casa Hospital. El valor de la reedificación fue por 58 varas de pared a un peso por cada vara de madera, cañas, tejas y bejucos que ascienden a 62 pesos[8].

Para 1822 uno de los últimos proyectos, previos a la fundación de la Junta de Caridad, fue de la iniciativa de vecinos y directores espirituales de Cartago, consistente en la recaudación de dineros para la compra de una hacienda de Ganado en Bagaces, confiada su administración al Presbítero Nicolás Carrillo, con cuyas utilidades hubo de mantenerse la institución, también con el nombre de San Juan de Dios[9].

El 28 de febrero de 1850, el Pontificado de Pío IX, emite la Bula Christianae Religionis Auctor, mediante la cual se erige la Diócesis de Costa Rica en América Central, desmembrando enteramente de la Diócesis de Nicaragua todo aquel territorio que comprende el Estado Costa Rica. Se erige el Estado Libre de Costa Rica en Obispado y la Iglesia Parroquial de San José, en Catedral y el territorio de esta nueva Diócesis será el mismo del Estado y su grey la Católica Costarricense[10]. Esta decisión, trascendente para la Nación, habría de traducirse más tarde, a partir de Julio de 1852, en suma de bienes espirituales para la Junta de Caridad. Si bien es cierto que el Hospital de San Juan de Dios estuvo siempre asistido por la Junta, con el consejo y la sabiduría de muy distinguidos sacerdotes, es para 1852 cuando el Poder Ejecutivo designa al ilustre Obispo Monseñor Anselmo Llorente y Lafuente como su principal protector.

Mediante decreto XCVIII[11], de 7 de junio de 1826, el Supremo Estado Libre de Costa Rica, erige un Hospital General de San Juan de Dios dependiente de sus rentas el Lazareto en donde se recojan los infectos del mal de Lázaro para evitar su contagio. Se destinan para tal efecto, los fondos que existan, las limosnas, legados píos y la parte de la masa decimal que pertenece a dicho hospital. El Jefe Político formará un Reglamento de Administración del Hospital y Lazareto y reconocerá el sitio más apropiado, asociado del ciudadano Presbítero Nicolás Carrillo y del profesor más diestro en medicina, formará el plan del edificio y todo se remitirá a la Asamblea para su aprobación.

Para 1830, según documentos analizados, el Mando Político de la ciudad de Cartago, solicita en cumplimiento con el Decreto del 7 de junio de 1826, para formar junto con José Nicolás Carrillo, el Reglamento de Administración, el Plan del Hospital San Juan de Dios y el Lazareto. El Ejecutivo manifiesta que las municipalidades de varios pueblos del Estado dan conocimiento del gran número de leprosos que se encuentran en estado de miseria, a quienes llaman Lazarinos. Aunque se cuenta con el monto de 442 pesos destinados para tal fin y la ley de 7 de junio de 1826 destina las limosnas, legados píos y la parte decimal que pertenece al San Juan de Dios, la construcción del Lazareto no es posible debido a que el dinero no es suficiente. La Comisión de Policía ha visto los informes del Ejecutivo y el Mando Político acerca del Lazareto y el Hospital San Juan de Dios, donde se demuestra que se han presentado dificultades para su construcción, a pesar de que hace más de quince años y por causas que no están al alcance de ellos no ha sido posible lograrlos, por carecer de beneficencia la obra, que permita eliminar el contagio de la enfermedad de la lepra, tan temida.[12]. La Comisión recomienda que los pueblos imperiosamente necesitan es tener de donde proveerse de medicamentos y a lo más de un facultativo (reglamento). La comisión manda se elabore el proyecto de Ley para proveer a la Casa Hospital San Juan de Dios de un Reglamento de Administración y su construcción.

El 12 de mayo de 1830[13] se decreta la abolición del Hospital San Juan de Dios, el cual fue constituido por el Decreto de 7 de junio de 1826. Creando en su lugar el Lazareto y que se distribuyan vacunas y medicamentos en los pueblos por medio de las Municipalidades y el Facultativo.[14] La Hacienda de Ganado correspondiente al Hospital (sita en Bagaces y cuya administración está en manos del Presbítero Nicolás Carrillo) continuará como ese momento lo estaba.

El 11 de mayo de 1833 se aprueba el Decreto XXIII sobre las Mandas Forzosas,[15] sancionado por el señor José Rafael de Gallegos, Jefe de Estado, electo el 4 de mayo de ese mismo año. Establece una manda Forzosa de cinco pesos sobre el quinto de todos los súbditos del Estado, siempre que esta sea de cincuenta pesos para arriba, que satisfagan los Albaceas, si los hubiese, o las personas que sean llamadas en falta de testamento a la sucesión intestada; y al efecto los Curas darán cuenta al Jefe Político del lugar mensualmente con una lista de los muertos, que hubiese habido en su Parroquia y que hayan pagado entierro

El 18 de setiembre de 1833 la Asamblea Extraordinaria del Estado Libre de Costa Rica, considerando que el mal de Lázaro, ha incursionado en las poblaciones y de temerse un contagio y con la mira de evitarlo decreta la construcción y dotación de un Lazareto. A los Lazarinos que se escapen del Lazareto se les impone la Pena Capital. Será ejecutado a la vista de los demás que hubiesen en él, administrándoles antes los sacramentos, dándoles 24 horas de capilla. La sentencia será pronunciada por el Juez de Primera Instancia y ejecutado por él mismo.

La Secretaría de Beneficencia del Supremo Gobierno, una vez más, hace entrega en 1843, de los Fondos Píos al Hospital San Juan de Dios, los cuales van dirigidos en beneficio de los leprosos.[16]

En 1845 el Doctor José María Castro Madríz, propicia la creación de del Hospital San Juan de Dios, en San José, el Panteón General y el Lazareto, los cuales serían administrados por una Junta de Caridad de San José, Además, en ese mismo año, y a manera de referencia, señaló que los Jefes Políticos, presentan informes sobre la recaudación de las mandas forzosas correspondientes a 5 pesos sobre la quinta parte de las personas que mueran con tal que esta alcance a 50 pesos con el objeto de invertirse en el Lazareto, encargando a los alcaldes segundos su colectación y al mudarse éstos anualmente y además se turnan el Juzgado varias personas, dicha colectación se halla en el mayor abandono y nada produce y si se cobra no se lleva la cuenta y razón y por eso el impuesto en su mayor parte es perdido. La Ley impone a los curas párrocos la obligación de pasar lista mensualmente a los alcaldes citados de las personas que hubieran muerto y que están en el caso de pagar el impuesto pero como en la mayor parte de los pueblos no cumplen esta obligación, ni se les exige porque como se les respeta y considera demasiado, ni se les reclama. A las cuentas que rinde anualmente el tesoro del mismo Lazareto se verá que casi es nulo el impuesto y es por las razones que deja indicadas Manuel Zeledón, al señor Ministro de Hacienda el 12 de setiembre de 1845. Esta y otras cartas enviadas al Ministro de Relaciones y Gobernación tratan sobre el mismo tema del incumplimiento de los artículos 4°, 5°, 6° y 7° de la ley de 11 de mayo de 1833.[17]

Se resumen a continuación los antecedentes de la Junta de Protección Social de San José y enumeran las labores y aspectos más relevantes del siguiente período: 1845-2000

¨      Refiere la Licenciada Eugenia Incera Olivas[18] que la idea de fundar un hospital de caridad nació en la clase eclesiástica, afirmando que durante la época de la colonia y los primeros años de vida independiente, nuestro país careció de un centro hospitalario.

¨      Con la inquietud de crear un hospital, nació la idea de fundar un Lazareto que atendiera a los enfermos de Lepra. Al quedar abolido el Hospital en 1830, el Doctor José María Castro Madríz, presidente de la Cámara de Representantes, en 1845 propone el establecimiento de un Hospital que atendiera a los Lazarinos y un Panteón General, con el propósito de dotar de fondos económicos al Hospital y el Lazareto, que éste estuviera administrado por una Junta de Caridad.

La exposición de motivos del Dr. José María Castro Madríz[19] dice así: Proposición hecha por el señor Representante a la Cámara de Representantes. Vengo hoy a proponer el cumplimiento de una de nuestras más exigentes obligaciones: el establecimiento de una casa pública de caridad para socorrer a los enfermos. Creo que cada uno de los dignos Representantes que me escuchan se lisonjea de esta institución y si no me han precedido en verificarla sólo ha consistido, a mi juicio, en que muchas y perentorias atenciones de esta augusta Asamblea no han dado lugar a ello. La obligación del Gobierno de una sociedad, de procurar la salud de todos los que no tienen medios de curarse por sí; la necesidad de poner un Hospital para estudiar las enfermedades del País en un teatro que ofrezca muchos ejemplos a la vez; la de preparar a los jóvenes para lo sucesivo donde verificar el estudio de la Medicina; la falta de un local donde practicar las operaciones que en la casa de los infelices no pueden efectuarse o no surten su efecto; donde hacer los reconocimientos de los cadáveres; donde ofrecer a todos los vecinos piadosos la reunión de todos los que demandan su caridad y en una palabra, la imperiosa necesidad de abrirá a la Ciencia médica, apenas naciente en nuestro suelo, un campo de elevación y progresos y un refugio a la humanidad doliente, son razones que no se ocultan a la sabia penetración de los Representantes del Pueblo, para hallarse tan impulsados como valorar la erección de un Hospital General en el Estado. ¡Cuántos de nosotros señores por la falta de una persona que les administre el alimento, o el remedio, o porque rodeados de gente ignorante no saben cumplir con las instrucciones del médico, o porque no tienen con qué comprar las medicinas que necesitan!. Vosotros habéis presenciado varios espectáculos de dolor y habréis visto cuánta falta hace, cuando se presentan, una cama preparada, remedios, asistentes y todo lo demás que , con diferencia de minutos, suelen exigir las circunstancias del paciente. Que los demás Pueblos de la República no nos critiquen, por más tiempo este notable vació en nuestra sociedad y que nuestros poderdantes no nos digan un día ¡Habéis descuidado uno de vuestros más importantes deberes: la salud pública!. Para esto os propongo el siguiente proyecto de Decreto:

La Cámara de Representantes del Estado Libre de Costa Rica

Considerando:

Que es una obligación de todo buen Gobierno, plantear los establecimientos de beneficencia pública que estén a su alcance, que la falta de un Hospital en el Estado sujeta a muchos infelices a una muerte segura por que carecen de los recursos más necesarios para curarse, a la vez que son atacados de alguna enfermedad; que la ciencia médica exige para su elevación y progresos la creación de una casa de enfermos y en fin, que la humanidad doliente también demanda este refugio, ha venido en decretar y

Decreta:

Artículo 1°: Se establece en el Estado un Hospital General bajo la denominación de San Juan de Dios.

Artículo 2°: Se destinan por rentas de este establecimiento: las del Lazareto, siendo a cargo del Hospital el Gobierno y el sostenimiento de aquel hospicio: mil pesos anuales del Tesoro Público; el cinco por ciento que la casa excusada ha tenido sobre la masa decimal; los dos novenos que, con el nombre de nacionales, se deducen de la misma masa; el uno y medio por ciento que en ella tiene asignado el propio Hospital, el producto líquido del despacho y presentación de los pasaportes, los derechos que el Ejecutivo establezca por la porción que ocupan en el Cementerio las bóvedas o sepulcros de particulares y últimamente, las donaciones de bienhechores, quedando por el mismo hecho exentos de cargas concejiles los que donen al Hospital de mil pesos para arriba.

Artículo 3°: Se faculta al Ejecutivo 1°: Para que con la brevedad posible contrate al Sur de esta ciudad y a la distancia correspondiente, el terreno necesario para la construcción del Hospital y Cementerio juntos; 2°: para que bajo la planta más adecuada, que presenten personas inteligentes, haga que se proceda a la edificación de dicha obra, y que, concluida la última, previa la bendición episcopal, se traslade a ella, con anuencia de la Autoridad eclesiástica y demás formalidades del caso, el panteón actual de esta ciudad. 3°: Para tomar emprestada del Tesoro Público, la cantidad de tres mil pesos, a efecto de dar principio a lo dispuesto en los dos párrafos precedentes. 4°: para reglamentar el ramo de pasaportes. 5°: para crear una Junta de Caridad que gobierne y tenga a su cargo el Hospital y 6°: para decretar los Estatutos que rijan dicha Junta, dando cuenta de ellos a la Cámara de Representantes para su aprobación. Dado, etc. [Cámara de Representantes, José Ma. Castro. San José, Junio 27 de 1845].

¨      El proyecto de Decreto presentado por el Doctor José María Castro Madríz, fue admitido a discusión, dando primera lectura y dispensándola de la segunda lectura. Fue pasada a la Comisión de Negocios Eclesiásticos reunida con la de Hacienda. Esta Comisión dictamina que se emita el Decreto. En la Cámara de Representantes obtuvo minoría de votos. Los Representantes Ramón Gómez y Francisco de Ma. Gutiérrez, quienes participaron de las mismas ideas del Dr. Castro Madríz, deseaban que, en vez de que se crease solamente un Hospital, fuesen establecidos cuatro, uno en cada ciudad principal, bajo la misma denominación de San de Dios, pero la enmienda fue desechada.

¨      El 3 de Julio de 1845, la Cámara de Representantes aprueba el Decreto de creación de la Junta de Caridad, del Hospital San Juan de Dios y la construcción de un cementerio en San José, y el día 18 lo aprobaba la Cámara de Senadores. El Decreto en mención es el XXV que Establece en el Estado un hospital general bajo la denominación de San Juan de Dios y dicta varias disposiciones relativas[20] Este es el momento que marca el inicio formal del Sistema Hospitalario Nacional en Costa Rica, del cual se tratará en el apartado correspondiente al Siglo XX, específicamente en los años 1950 y siguientes.

¨      El 29 de setiembre de 1845, El Senador encargado del Supremo Poder Ejecutivo del Estado Libre de Costa Rica, emitió el Decreto XLIV[21], que señala el número de individuos de que debe componerse la Junta de Caridad, nombra las personas que deben servir en ella, y dicta algunas otras disposiciones reglamentarias. Se establece que la Junta de Caridad que refiere el decreto de 3 de Julio, se compondrá, por ahora, de un hermano mayor (presidente), un Síndico, un Tesorero y de doce socios de representación y patriotismo, de esta ciudad. En ese Decreto se nombra para presidente al Dr. Nazario Toledo Murga, para el segundo cargo al señor Licenciado Cruz Alvarado, y para el tercer puesto al Señor Eusevio Rodríguez. También se nombran para que con los anteriores compongan la Junta a los señores Presbíteros José Ana Ulloa, Cecilio Umaña, José Madríz y Juan Carrillo, a los señores Doctores Victor y Juan de Castella y José María Montealegre, Bachilleres Luz Blanco y José María Zeledón y a los señores Manuel Alvarado, Ramón Castro y Cipriano Fernández. Esta Junta es instalada el 5 de octubre de 1845, bajo la presidencia del Jefe Político del departamento y para el caso los individuos que la componen deben reunirse a las diez del día en la Sala de la Municipalidad: ha de nombrar un Secretario de su seno y designar el local de la reunión para lo sucesivo y extendiendo acta de todo se pasará copia autorizada al despacho de gobernación. Los objetos de las sesiones de la Junta eran: 1° Acordar los medios más eficaces de llevar a cabo la obra que se intenta y consultarlos al Gobierno, 2°: conocer de las comunicaciones que se le dirijan por el Ministerio y disponer el cumplimiento de las órdenes Supremas que reciba. 3° tomar razón de las cantidades que se manden pasar a la tesorería del Hospital, cuidar de su buena inversión y dar las órdenes de pago en los casos que ocurran. 4°: reconocer el local más a propósito para el edificio del hospital y proponer el plano más adecuado para su erección con arreglo a las bases establecidas por la ley y 5° nombrar los agentes que juzgue necesarios para las distintas funciones que demanda aquella obra.

¨      El 2 de octubre de 1845, el Dr. Nazario Toledo Murga, le dirige una comunicación al señor Jefe Político del Departamento, que dice: Impuesto del nombramiento que el Supremo Gobierno ha hecho en mí de Presidente de la Junta de Caridad, contesto que me es muy satisfactorio y honroso para mí el ocupar este destino y será mucho si consigo el desempeñarlo cumplidamente. Al comunicarlo al Supremo Gobierno, espero se sirva darle a mi nombre las gracias por me coloca en posición de ser útil a los enfermos pobres. Con esta ocasión tengo el honor de ofrecerme de Usted, atento afectísimo servidor. Nazario Toledo[22].

¨      La Junta de Caridad, desde el día que se instaló, estuvo integrada por muy distinguidas personalidades de la Iglesia Católica, debido a que la misma, jugaba un papel primordial en la organización y administración del Estado, del Foro, de la Medicina y en general de la sociedad costarricense. En el primer directorio aparece la figura del Dr. Nazario Toledo, como primer presidente de la Junta, de nacionalidad Guatemalteca, insigne médico, educador, diplomático, siendo el primer médico que se estableció definitivamente en Costa Rica, sentó las bases de la enseñanza de la medicina en el país e hizo un gran esfuerzo para que el hospital se convirtiera en una realidad. Llegó al país en 1838 y más tarde fue el primer Protomédico[23]. Antes ya había desempeñado el cargo de Rector de la Universidad de Santo Tomás y el Presidente del Congreso Constituyente que se instaló el 1° de Noviembre de 1838[24]. Refiere Castro[25], que en el año 1839 y con motivo del conflicto suscitado ente los Gobiernos de Honduras y Nicaragua contra el de El Salvador, se le eligió para que actuase como mediador del diferendo y con la modestia propia de los hombres superiores, el Dr. Toledo escribió al Ministro General del Gobierno de Costa Rica: penetrado del asunto, no he vacilado en admitir el encargo con que me honró el Supremo Gobierno de Guatemala, aunque conozco que mis capacidades no alcanzarán a desempeñarlo debidamente.


¨      ACTA DE LA PRIMERA SESIÓN DE LA JUNTA DE CARIDAD DE SAN JOSÉ[26]

En atención a su importancia histórica, se reproduce el texto correspondiente a la primera sesión de la Junta realizada en la Sala Municipal de San José, el 5 de octubre de 1845.

SEÑORES INTEGRANTES J.C.S.J.

TEXTO DEL ACTA

Dr. Nazario Toledo

Lic. Cruz Alvarado

Eusebio Rodríguez

Pbro. José Ana Ulloa

Pbro. Cecilio Umaña

José Ma. Zeledón

Manuel Alvarado

Cipriano Fernández

En la ciudad de San José, a las diez del

día cinco de octubre de mil ochocientos

cuarenta y cinco. Reunidos los individuos que se citan al margen en

cumplimiento del Decreto de 29 de setiembre del presente año, que se leyó a los individuos que se citan, se procedió al nombramiento de Secretario, que el mismo Decreto ordena. Se nombró del

seno de la Junta y a consecuencia resultó

electo el Sr. Br. Cruz Alvarado con nueve

votos, habiendo atenido uno el Sr. José

María Zeledón y no estando presente el nombrado, se procedió a la elección de un segundo que lo subrogara y resultó electo el Sr. Pbro. José Madríz. Tomada en consideración por la Junta la designación del local, en que debe reunirse dicha Junta, se acordó celebrar sesiones, provisionalmente, en la casa del Hermano Mayor, entre tanto se tiene una Sala Pública, en donde con fijeza pueda establecer la Junta su Despacho, proporcionándose los muebles necesarios a la Secretaría y al Archivo. Y habiendo llenado estos dos objetos primarios del Decreto el Jefe Político dio posesión a los nombrados, actuando con el Secretario del Cabildo, que da fe. Manuel Zeledón. Nazario Toledo. Cruz Alvarado. José Ana Ulloa. Cecilio Umaña. Víctor de Castella. José Ma. Zeledón. José Ma. Madríz. José Ma. Montealegre. Eusebio Rodríguez. Manuel Alvarado. Cipriano Fernández. Félix M. Castro. Secretario.

¨      El 6 de octubre de 1845, el señor Manuel Zeledón, adjunta al Ministro de Relaciones Exteriores y Gobernación copia del acta en que se instaló la Junta de Caridad como se previene en el Decreto de 29 del mes próximo pasado. D U L.[27]

¨      El 7 de agosto de 1846, al ser difícil el financiamiento para la construcción del Hospital, se introdujo una enmienda al Decreto de 3 de Julio de 1845, que creó la Junta de Caridad, reduciendo el número de Directores y determina que con cuatro directores presentes en las reuniones, formarán quórum para sesionar. Este aspecto se plasma en el Decreto LXXXVI de 7 de agosto de 1846[28], el cual expresa que por el número crecido de individuos que forma la Junta, es difícil reunirse y la necesidad de proveer un secretario dotado de fuera del seno de la Junta, para el mejor despacho de los negocios que allí cursan. El número de miembros se reduce a ocho, sesionarán dos veces por mes en forma ordinaria y las demás que el presidente Dr. Nazario Toledo Murga convoque.

¨      El 3 de octubre de 1848, se dicta el Decreto CXLVIII[29], se suspende la Junta establecida por el Decreto de 29 de setiembre de 1845 y se sustituye por otra compuesta únicamente de tres miembros: un Administrador, un Tesorero y un Síndico, según la Ley, mientras se construye el Hospital. Tendrá a su cargo el Lazareto, la administración de los fondos del Hospital y queda obligada a atender la edificación del mismo. Se reiteran las mandas forzosas de la siguiente manera: El Curato de Cartago con seis pesos, el de San José con 12 pesos, el de Heredia con 10 y el de Alajuela con 8. Además de la manda forzosa de cinco pesos sobre el quinto del caudal mortuorio y otros más. Siete años pasaron y únicamente se logró la compra del terreno.

¨      El 1° de Julio de 1852, se emite el Decreto LXIX, ejecutado el 28 de junio del mismo año, que reintenta la edificación del Hospital. Se nombra como protector y director de la Junta de Caridad al Obispo de Costa Rica, Monseñor Anselmo Llorente y Lafuente y en las otras Provincias a sus respectivos Curas. Con este acto se restablece y consolida la Junta de Caridad, debido a que el establecimiento de un Hospital General denominado de San Juan de Dios, decretado el 3 de Julio de 1845 no se ha llevado a cabo, a pesar de las disposiciones ulteriores que para dicho fin acordó el Supremo Gobierno. Que no ha sido posible por no hallarse providencias en consonancia con el Estado de nuestra población y riqueza y siendo urgente un lugar donde se brinde la asistencia conveniente a los que la necesiten. Se mantienen las rentas descritas en el Decreto de 3 de Julio de 1845.

¨      La primera sesión de la Junta de Caridad de San José, se realizó el domingo 11 de Julio de 1852, a las doce horas, convocados por el Obispo Monseñor Joaquín Anselmo Llorente y Lafuente, como protector del Hospital de San Juan de Dios de esta capital, en virtud del decreto del 1° de este mes y año[30]. Estuvieron presentes los señores José Joaquín Mora, Licenciados. Bruno Carranza y Vicente Herrera. Se nombró al secretario, Tesorero, ecónomo entre ellos mismos. Vicente Herrera como secretario, José Joaquín Mora, Tesorero y Bruno Carranza para ecónomo. Los acuerdos tomados por la Junta en esta primera sesión versan sobre la creación de comisiones para colectar las limosnas, y que sus sesiones ordinarias serán los jueves de cada semana, reuniéndose extraordinariamente cuando el Presidente lo convoque para atender algún asunto de urgencia.

Es a partir de 1852, cuando la Junta inicia la historia ininterrumpida, tomando una experiencia inigualable en la administración de los hospitales a su cargo, con grandes esfuerzos de su personal y constantes donaciones, que motivan desde aquella época a personas de buena voluntad a donar joyas o terrenos, para su funcionamiento en pro del bien de la sociedad costarricense.

¨      El 22 de Julio de 1852 se faculta al tesorero de la Junta (Sr. José Joaquín Mora), y al ecónomo (Sr. Bruno Carranza), para que elijan el local más a propósito para edificar el hospital y que una vez elegido, contraten sus diseños a nombre de la Junta, representándola judicial y extrajudicialmente, otorgándoles las obligaciones y documentos que sean necesarios.[31] El 6 de agosto de ese mismo año, la Junta acuerda, que para dar inicio al acopio de materiales y la preparación del terreno donde debe construirse el hospital, se suplique a los miembros de las comisiones que colectan las suscripciones que haya hasta ese momento, entreguen su producto al personero de la Junta, sin perjuicio de continuar levantando la suscripción y que para conducir la piedra de las Pavas, acuerdan que el provisor haga una excitativa a los curas de los barrios, a fin de que exhorten a sus feligreses, para que los que tengan carretas vayan los domingos a traer piedra de las Pavas, así como la arena del lugar llamado el bajo de Don José Joaquín, en el río Virilla.[32]

¨      Siempre con la intención de contar con recursos para la construcción del hospital, el 2 de setiembre de 1852, se acuerda, solicitar al Supremo Gobierno rinda cuentas a la Junta, sobre todo lo que la anterior Junta creada por Decreto de 3 de Julio de 1845, había recaudado y que pertenece al hospital.[33],

¨      Para 1856 presenta la renuncia el Obispo de Costa Rica, Monseñor Anselmo Llorente y Lafuente, del cargo de Presidente de la Junta Directiva del Hospital San Juan de Dios. La Comisión de Credenciales dictaminó que no tratándose de un cargo obligatorio el Congreso no podrá menos que aceptar la renuncia. Fue aceptado el dictamen presentado por la Comisión de Credenciales[34]. Sobre la renuncia del Obispo, Monseñor Víctor Manuel Sanabria[35], señala que la única razón que lo hizo renunciar fue ver al Hospital convertido en una cárcel y asilo de locos. Trayendo como consecuencia su renuncia, un distanciamiento entre el gobierno y la alta jerarquía eclesiástica, con grandes consecuencias políticas como la caída del Presidente Juan Rafael Mora y su posterior asesinato. En las actas de la Junta de Caridad no aparece ningún documento que probatorio alusivo a la renuncia del señor Obispo.

¨      Se emite el Decreto XXIV el 29 de setiembre de 1858[36], el cual impone una contribución mensual a los curatos, con el propósito de aumentar las rentas del Hospital y el Lazareto. Manifestó el Obispo Llorente al Ministro Bernardo Calvo que era injusto, ya que no se gravó los bienes de los ciudadanos costarricenses; sino, solo los de la Iglesia.[37]. Después de un largo enfrentamiento, el Obispo manda quitar la silla presidencial de la Catedral y envía circular a los curas, donde se palpa la rebeldía del Obispo contra el Presidente Mora.[38]

¨      En 1860, se deroga el decreto XXXIX (#24) de 29 de setiembre de 1858, quedando bajo la inmediata protección de la autoridad eclesiástica el Lazareto y el Hospital San Juan de Dios[39], no quedando explícito en el Decreto en que consistía esa protección. Esto por cuanto en la exposición de motivos hecha a la Cámara de Representantes por Felipe Alvarado, se dice que se gravó a los principales curatos de la diócesis, con una contribución destinada al Hospital y al Lazareto, considerándolo injusto y atentatorio que sólo recaiga sobre los curatos y los fallecidos, y no sobre todos los ciudadanos de la República.

¨      Para 1863 se establece una renta fija de 1200 pesos anuales para el sostenimiento del Lazareto por medio del Decreto XL[40]. El senado y la Cámara de Representantes de la República de Costa Rica, reunidos en Congreso decretan que el Tesoro Nacional contribuirá anualmente con una esa renta. La Junta de Caridad administrará esa suma, sin confundir con las leyes anteriores que han asignado a este hospicio y al Hospital San Juan de Dios, sino que sólo se emplearán en le Lazareto.

¨      En ese mismo año, 1863 se dictó el procedimiento para la integración de la Asamblea del Patronato de Hermanos de la Junta (Hospital de San Juan de Dios y Lazareto)[41], la cual queda debidamente instalada en la Sesión de la Junta Directiva del 8 de marzo de 1864, compuesta la hermandad, según se deduce de los Estatutos aprobados, por las personas que antes de esa fecha hayan sido nombradas en distintos períodos para la Junta de Caridad y de las demás que en lo sucesivo se inscriban en el catálogo, ya sea por solicitud de las mismas o por invitación que se haga a las que por su piedad y posición puedan contribuir al alivio de la humanidad doliente, pudiendo admitirse, aún, a las señoras. Cada individuo de la Hermandad contribuirá anualmente con una limosna voluntaria para el tesoro del Hospital y del Lazareto. Dentro de las atribuciones de la Hermandad estaría la de nombrar, entre sus individuos, a la Junta de Gobierno y la de las señoras. Se mencionan a continuación algunos de los nombres de las (os) primeras (os) integrantes del patronato de la Junta de Caridad[42]: Doña Teodora Fernández de Echandi, doña Pilar González de Echandi, don Laureano Echandi Morales, doña Anita Montero Aguilar de Echandi, don Clodomiro Echandi Morales, don José Antonio Echandi Morales, don Juan Bonnefil (padre), Dr. Juan Bonnefil, don Pedro Bonnefil dona Felicia Quirós de Bonnefil Ramón Quirós Carvajal, señoritas Adela, Elisa, y Orfilia Bonnefil, doña Nicolasa Paut de Herrera, doña Manuela Paut de Angulo, doña Concepción Ramírez de Fernández, don Joaquín Alvarado, don Telésforo Alfaro, doña Cristina Guardia de Fernández, doña María Toribia Peralta de Carazo y doña Rosario de Bonnefil. La Hermandad del Patronato continúo aumentando en número, según pasaban los años, por ejemplo, el 24 de abril de 1864 ingresó entre otros nombres que se señalan, como nueva hermana la señora Pacífica Fernández de Castro y el señor Cleto Herrera[43].

¨      Bajo este nuevo régimen se respetó el precedente de que las sesiones se celebraran los domingos a las once de la mañana pero con el aditamento de que a ellas concurriesen las señoras de la Junta, esto es, una especie de Comité Femenino a fin de coadyuvar, sobre todo, en las tareas de asistencia de los enfermos del Hospital y el Lazareto, lo que les permitía estar al tanto de todos los problemas y de cooperar a su solución, en unión con los señores Directores de la Junta de Caridad. Los hermanos del Patronato, profesionales en medicina, colaboraron en la atención de los pacientes y emitiendo dictámenes.

¨      Conforme los Estatutos del Patronato de la Junta, ésta convoca a los integrantes de la Hermandad para que concurrieran al local del Hospital el domingo 11 de diciembre de 1864, con el objeto de proceder a realizar las elecciones de las personas que deberían integrar la Junta de Gobierno de la institución, durante el año 1865 y al efecto se señalaron las diez horas para efectuar la Asamblea. Una vez practicado el escrutinio, se eligió la Junta Directiva para el año en mención, quedando integrada de la siguiente manera: Presidente el señor Dr. Vicente Herrera, Vicepresidente: Don. Nicolás Gallegos, Primero Vocal: Don Manuel I. Gutiérrez, Primer Suplente: Don José Rodríguez, Segundo Vocal: Don Manuel Mora, Primer Suplente: Don José Echandi, Tesorero: Don Francisco Gallardo, Primer Suplente: Telésforo Alfaro, Secretario: Don Benjamín Herrera, Suplente: Don Alejandro González. Se constituyó también la Junta de Señoras, integrada de la siguiente manera: Señorita María Montealegre, Doña Cristina Tinoco de Volio, Doña Josefa Bolandi de Echandi, Doña María Bedoya de Kurtze, con sus respectivas suplentes: Señorita Benita Carranza, Señorita Virginia Bonnefil, Doña Rosario Guardia de Lasso y Doña Felipa Montes de Oca[44].

María Zeledón y no estando presente el nombrado, se procedió a la elección de un segundo que lo subrogara y resultó electo el Sr. Pbro. José Madríz. Tomada en consideración por la Junta la designación del local, en que debe reunirse dicha Junta, se acordó celebrar sesiones, provisionalmente, en la casa del Hermano Mayor, entre tanto se tiene una Sala Pública, en donde con fijeza pueda establecer la Junta su Despacho, proporcionándose los muebles necesarios a la Secretaría y al Archivo. Y habiendo llenado estos dos objetos primarios del Decreto el Jefe Político dio posesión a los nombrados, actuando con el Secretario del Cabildo, que da fe. Manuel Zeledón. Nazario Toledo. Cruz Alvarado. José Ana Ulloa. Cecilio Umaña. Víctor de Castella. José Ma. Zeledón. José Ma. Madríz. José Ma. Montealegre. Eusebio Rodríguez. Manuel Alvarado. Cipriano Fernández. Félix M. Castro. Secretario.

¨      El 6 de octubre de 1845, el señor Manuel Zeledón, adjunta al Ministro de Relaciones Exteriores y Gobernación copia del acta en que se instaló la Junta de Caridad como se previene en el Decreto de 29 del mes próximo pasado. D U L.[27]

¨      El 7 de agosto de 1846, al ser difícil el financiamiento para la construcción del Hospital, se introdujo una enmienda al Decreto de 3 de Julio de 1845, que creó la Junta de Caridad, reduciendo el número de Directores y determina que con cuatro directores presentes en las reuniones, formarán quórum para sesionar. Este aspecto se plasma en el Decreto LXXXVI de 7 de agosto de 1846[28], el cual expresa que por el número crecido de individuos que forma la Junta, es difícil reunirse y la necesidad de proveer un secretario dotado de fuera del seno de la Junta, para el mejor despacho de los negocios que allí cursan. El número de miembros se reduce a ocho, sesionarán dos veces por mes en forma ordinaria y las demás que el presidente Dr. Nazario Toledo Murga convoque.

¨      El 3 de octubre de 1848, se dicta el Decreto CXLVIII[29], se suspende la Junta establecida por el Decreto de 29 de setiembre de 1845 y se sustituye por otra compuesta únicamente de tres miembros: un Administrador, un Tesorero y un Síndico, según la Ley, mientras se construye el Hospital. Tendrá a su cargo el Lazareto, la administración de los fondos del Hospital y queda obligada a atender la edificación del mismo. Se reiteran las mandas forzosas de la siguiente manera: El Curato de Cartago con seis pesos, el de San José con 12 pesos, el de Heredia con 10 y el de Alajuela con 8. Además de la manda forzosa de cinco pesos sobre el quinto del caudal mortuorio y otros más. Siete años pasaron y únicamente se logró la compra del terreno.

¨      El 1° de Julio de 1852, se emite el Decreto LXIX, ejecutado el 28 de junio del mismo año, que reintenta la edificación del Hospital. Se nombra como protector y director de la Junta de Caridad al Obispo de Costa Rica, Monseñor Anselmo Llorente y Lafuente y en las otras Provincias a sus respectivos Curas. Con este acto se restablece y consolida la Junta de Caridad, debido a que el establecimiento de un Hospital General denominado de San Juan de Dios, decretado el 3 de Julio de 1845 no se ha llevado a cabo, a pesar de las disposiciones ulteriores que para dicho fin acordó el Supremo Gobierno. Que no ha sido posible por no hallarse providencias en consonancia con el Estado de nuestra población y riqueza y siendo urgente un lugar donde se brinde la asistencia conveniente a los que la necesiten. Se mantienen las rentas descritas en el Decreto de 3 de Julio de 1845.

¨      La primera sesión de la Junta de Caridad de San José, se realizó el domingo 11 de Julio de 1852, a las doce horas, convocados por el Obispo Monseñor Joaquín Anselmo Llorente y Lafuente, como protector del Hospital de San Juan de Dios de esta capital, en virtud del decreto del 1° de este mes y año[30]. Estuvieron presentes los señores José Joaquín Mora, Licenciados. Bruno Carranza y Vicente Herrera. Se nombró al secretario, Tesorero, ecónomo entre ellos mismos. Vicente Herrera como secretario, José Joaquín Mora, Tesorero y Bruno Carranza para ecónomo. Los acuerdos tomados por la Junta en esta primera sesión versan sobre la creación de comisiones para colectar las limosnas, y que sus sesiones ordinarias serán los jueves de cada semana, reuniéndose extraordinariamente cuando el Presidente lo convoque para atender algún asunto de urgencia.

Es a partir de 1852, cuando la Junta inicia la historia ininterrumpida, tomando una experiencia inigualable en la administración de los hospitales a su cargo, con grandes esfuerzos de su personal y constantes donaciones, que motivan desde aquella época a personas de buena voluntad a donar joyas o terrenos, para su funcionamiento en pro del bien de la sociedad costarricense.

¨      El 22 de Julio de 1852 se faculta al tesorero de la Junta (Sr. José Joaquín Mora), y al ecónomo (Sr. Bruno Carranza), para que elijan el local más a propósito para edificar el hospital y que una vez elegido, contraten sus diseños a nombre de la Junta, representándola judicial y extrajudicialmente, otorgándoles las obligaciones y documentos que sean necesarios.[31] El 6 de agosto de ese mismo año, la Junta acuerda, que para dar inicio al acopio de materiales y la preparación del terreno donde debe construirse el hospital, se suplique a los miembros de las comisiones que colectan las suscripciones que haya hasta ese momento, entreguen su producto al personero de la Junta, sin perjuicio de continuar levantando la suscripción y que para conducir la piedra de las Pavas, acuerdan que el provisor haga una excitativa a los curas de los barrios, a fin de que exhorten a sus feligreses, para que los que tengan carretas vayan los domingos a traer piedra de las Pavas, así como la arena del lugar llamado el bajo de Don José Joaquín, en el río Virilla.[32]

¨      Siempre con la intención de contar con recursos para la construcción del hospital, el 2 de setiembre de 1852, se acuerda, solicitar al Supremo Gobierno rinda cuentas a la Junta, sobre todo lo que la anterior Junta creada por Decreto de 3 de Julio de 1845, había recaudado y que pertenece al hospital.[33],

¨      Para 1856 presenta la renuncia el Obispo de Costa Rica, Monseñor Anselmo Llorente y Lafuente, del cargo de Presidente de la Junta Directiva del Hospital San Juan de Dios. La Comisión de Credenciales dictaminó que no tratándose de un cargo obligatorio el Congreso no podrá menos que aceptar la renuncia. Fue aceptado el dictamen presentado por la Comisión de Credenciales[34]. Sobre la renuncia del Obispo, Monseñor Víctor Manuel Sanabria[35], señala que la única razón que lo hizo renunciar fue ver al Hospital convertido en una cárcel y asilo de locos. Trayendo como consecuencia su renuncia, un distanciamiento entre el gobierno y la alta jerarquía eclesiástica, con grandes consecuencias políticas como la caída del Presidente Juan Rafael Mora y su posterior asesinato. En las actas de la Junta de Caridad no aparece ningún documento que probatorio alusivo a la renuncia del señor Obispo.

¨      Se emite el Decreto XXIV el 29 de setiembre de 1858[36], el cual impone una contribución mensual a los curatos, con el propósito de aumentar las rentas del Hospital y el Lazareto. Manifestó el Obispo Llorente al Ministro Bernardo Calvo que era injusto, ya que no se gravó los bienes de los ciudadanos costarricenses; sino, solo los de la Iglesia.[37]. Después de un largo enfrentamiento, el Obispo manda quitar la silla presidencial de la Catedral y envía circular a los curas, donde se palpa la rebeldía del Obispo contra el Presidente Mora.[38]

¨      En 1860, se deroga el decreto XXXIX (#24) de 29 de setiembre de 1858, quedando bajo la inmediata protección de la autoridad eclesiástica el Lazareto y el Hospital San Juan de Dios[39], no quedando explícito en el Decreto en que consistía esa protección. Esto por cuanto en la exposición de motivos hecha a la Cámara de Representantes por Felipe Alvarado, se dice que se gravó a los principales curatos de la diócesis, con una contribución destinada al Hospital y al Lazareto, considerándolo injusto y atentatorio que sólo recaiga sobre los curatos y los fallecidos, y no sobre todos los ciudadanos de la República.

¨      Para 1863 se establece una renta fija de 1200 pesos anuales para el sostenimiento del Lazareto por medio del Decreto XL[40]. El senado y la Cámara de Representantes de la República de Costa Rica, reunidos en Congreso decretan que el Tesoro Nacional contribuirá anualmente con una esa renta. La Junta de Caridad administrará esa suma, sin confundir con las leyes anteriores que han asignado a este hospicio y al Hospital San Juan de Dios, sino que sólo se emplearán en le Lazareto.

¨      En ese mismo año, 1863 se dictó el procedimiento para la integración de la Asamblea del Patronato de Hermanos de la Junta (Hospital de San Juan de Dios y Lazareto)[41], la cual queda debidamente instalada en la Sesión de la Junta Directiva del 8 de marzo de 1864, compuesta la hermandad, según se deduce de los Estatutos aprobados, por las personas que antes de esa fecha hayan sido nombradas en distintos períodos para la Junta de Caridad y de las demás que en lo sucesivo se inscriban en el catálogo, ya sea por solicitud de las mismas o por invitación que se haga a las que por su piedad y posición puedan contribuir al alivio de la humanidad doliente, pudiendo admitirse, aún, a las señoras. Cada individuo de la Hermandad contribuirá anualmente con una limosna voluntaria para el tesoro del Hospital y del Lazareto. Dentro de las atribuciones de la Hermandad estaría la de nombrar, entre sus individuos, a la Junta de Gobierno y la de las señoras. Se mencionan a continuación algunos de los nombres de las (os) primeras (os) integrantes del patronato de la Junta de Caridad[42]: Doña Teodora Fernández de Echandi, doña Pilar González de Echandi, don Laureano Echandi Morales, doña Anita Montero Aguilar de Echandi, don Clodomiro Echandi Morales, don José Antonio Echandi Morales, don Juan Bonnefil (padre), Dr. Juan Bonnefil, don Pedro Bonnefil dona Felicia Quirós de Bonnefil Ramón Quirós Carvajal, señoritas Adela, Elisa, y Orfilia Bonnefil, doña Nicolasa Paut de Herrera, doña Manuela Paut de Angulo, doña Concepción Ramírez de Fernández, don Joaquín Alvarado, don Telésforo Alfaro, doña Cristina Guardia de Fernández, doña María Toribia Peralta de Carazo y doña Rosario de Bonnefil. La Hermandad del Patronato continúo aumentando en número, según pasaban los años, por ejemplo, el 24 de abril de 1864 ingresó entre otros nombres que se señalan, como nueva hermana la señora Pacífica Fernández de Castro y el señor Cleto Herrera[43].

¨      Bajo este nuevo régimen se respetó el precedente de que las sesiones se celebraran los domingos a las once de la mañana pero con el aditamento de que a ellas concurriesen las señoras de la Junta, esto es, una especie de Comité Femenino a fin de coadyuvar, sobre todo, en las tareas de asistencia de los enfermos del Hospital y el Lazareto, lo que les permitía estar al tanto de todos los problemas y de cooperar a su solución, en unión con los señores Directores de la Junta de Caridad. Los hermanos del Patronato, profesionales en medicina, colaboraron en la atención de los pacientes y emitiendo dictámenes.

¨      Conforme los Estatutos del Patronato de la Junta, ésta convoca a los integrantes de la Hermandad para que concurrieran al local del Hospital el domingo 11 de diciembre de 1864, con el objeto de proceder a realizar las elecciones de las personas que deberían integrar la Junta de Gobierno de la institución, durante el año 1865 y al efecto se señalaron las diez horas para efectuar la Asamblea. Una vez practicado el escrutinio, se eligió la Junta Directiva para el año en mención, quedando integrada de la siguiente manera: Presidente el señor Dr. Vicente Herrera, Vicepresidente: Don. Nicolás Gallegos, Primero Vocal: Don Manuel I. Gutiérrez, Primer Suplente: Don José Rodríguez, Segundo Vocal: Don Manuel Mora, Primer Suplente: Don José Echandi, Tesorero: Don Francisco Gallardo, Primer Suplente: Telésforo Alfaro, Secretario: Don Benjamín Herrera, Suplente: Don Alejandro González. Se constituyó también la Junta de Señoras, integrada de la siguiente manera: Señorita María Montealegre, Doña Cristina Tinoco de Volio, Doña Josefa Bolandi de Echandi, Doña María Bedoya de Kurtze, con sus respectivas suplentes: Señorita Benita Carranza, Señorita Virginia Bonnefil, Doña Rosario Guardia de Lasso y Doña Felipa Montes de Oca[44].

¨      La política y filosofía de la Junta de Caridad, fue y sigue siendo la CARIDAD, la adopción de los menesterosos, sin importar el lugar de donde proceden, sexo, raza, religión, tendencia política, etc. Se leyó en el acta de la sesión del 24 de abril de 1864, que la Junta tuvo noticia de que una mujer llamada María Concepción Zumbado, que se hallaba enferma en el Hospital San Juan de Dios, desde el 1° de abril de ese año, era la legítima esposa de José Salazar, vecino de San Ramón, hombre alentado, labrador y con algunos bienes. La citada señora fue atendida en el hospital y tratada como a cualquiera de los demás enfermos. Pero, no siendo justo que el Hospital utilice sus recursos en alguien que no es verdaderamente necesitado, se acordó pasar una nota al Jefe Político de aquella villa, para que se sirviera exigir la cuota de diez pesos mensuales al señor Salazar, mientras su esposa permanecía dentro del hospital y poner la suma referida a disposición del Tesorero.

¨      Para este período, la Junta solicita al Poder Ejecutivo introducir nuevas modificaciones a la Ley de Mandas Forzosas, en virtud de que siendo esta renta, a pesar de su eventualidad, junto a la de patentes por boticas, de las principales para subvenir a las exigencias de los hospitales, convendría asegurar su percepción. Esto por cuanto la Junta carecía de fondos económicos para pagar el escaso personal del Hospital, lo que pude hacerse hasta ese tiempo con recursos facilitados por algunos de los individuos integrantes de la propia Junta. Por ejemplo, se conoce que en la sesión del 15 de mayo de 1864 la Junta recibió informe de que don Ramón Sánchez había fallecido y había dejado sus bienes a beneficio del Hospital de San Juan de Dios, los que según noticias consistían en unos pedacitos de tierra en el pueblo de Pacaca (en el Cantón de Mora), comisionando la Junta al Cura Párroco para que practicase la inspección del inmueble, informando el resultado a la Junta. . Además la Junta acuerda en esa misma sesión encargar a las señoras del Comité Femenino a los efectos de que, en el término de la distancia, procediesen a recoger limosnas de los vecinos cuyo producto se auxiliase al Hospital, sobre todo, porque no era posible rechazar pacientes urgidos de atención médica, sin incurrir en un acto de inhumanidad. Al trece de Noviembre de 1864 se habían recogido doscientos treinta y seis pesos. Por otra parte, se demandó del Poder Ejecutivo el giro de cuatrocientos pesos, de los mil que se habían asignado en el Presupuesto de la Junta de Caridad, a que aquel accedió. En la sesión del 12 de junio de 1864, el señor Presidente de la Junta dio cuenta de una nota que dirigió el señor Guillermo Dent, en la que constaba que él hacía una donación, al fondo del Hospital de San Juan de Dios, de la suma de quinientos once pesos y siete reales en dinero, en virtud de un litigio en que fueron parte él y don Buenaventura Carazo. El señor Dent solicita expresamente la anuencia de la Junta para proceder a hacer efectiva la donación[45]. Además de las donaciones mencionadas, y para satisfacer las necesidades que tenía la Junta de Caridad, para cumplir con sus obligaciones, se dispuso en la sesión del 22 de mayo de ese mismo año, poner una alcancía en la entrada del Hospital, para que sus visitantes también contribuyeran con una limosna, manejando las llaves de la alcancía el Presidente y el Tesorero de la Junta, abriéndola cada fin de mes.

¨      Además deseando extender la Junta la Hermandad de la Caridad, (creación de Juntas de Caridad), en las demás provincias en donde como en esta de San José, hay multitud de personas caritativas, que se prestarán a contribuir para el establecimiento general, ya que se reciben enfermos indistintamente de los lugares a que pertenezcan. Para tal efecto se acordó en la sesión del 24 de abril de 1864, a cuatro varones y cuatro señoras a quienes se les pasó comunicación adjuntándoles un Reglamento del Hospital y Lazareto, suplicándoles se sirvan admitir el nombramiento, en obsequio de la hermandad a quienes se les faculta para que con el conocimiento que tienen en sus provincias respectivas de las personas a propósito, procedan a hacer el nombramiento de todos los individuos que crean oportuno, tanto de hombres como mujeres, sirviéndose dar cuenta con la lista de las que hubiesen aceptado.

¨      Los miembros de la Hermandad del Patronato de la Junta de Caridad, el 6 de enero de 1865, por iniciativa de una de las señoras, toman un acuerdo sobre las contribuciones para el sostenimiento del Hospital de San Juan de Dios y Lazareto, el que dice: En atención a los pocos recursos con que cuenta el Hospital, se acordó: que todos los individuos de la Hermandad contribuyan con una mensualidad, que no baje de un real y se encargó a la Junta de Gobierno determinar la manera de colectar esta limosna, haciéndolo saber a los individuos restantes[46]

¨      El señor Obispo Anselmo Llorente y Lafuente, en 1867, otorgó una donación de mil pesos a favor de la Junta y de la Tesorería del Hospital, con la expresa reserva de que se colocase a interés con el objeto de que los réditos se aplicasen a atender a la salud de los pacientes de recursos más estrechos. Una vez más la Junta rindió testimonio de simpatía y gratitud al señor Llorente por su obvia generosidad y reiterados servicios prestados a la Junta. También doña Pilar Hidalgo, por medio de del albacea de la mortual, deja a favor de los fondos de la Junta y del Hospital, la cantidad de mil pesos y al comienzo de 1867 la Junta recibe comunicación del Capitán del Puerto de Puntarenas, conforme a la cual el señor Yanuario Blanco, había hecho a favor de la Junta, una donación por la suma de mil pesos, constante de un pagaré cobrable cuatro meses después de su presentación a una casa de comercio que tenía en El Salvador. Por supuesto, la Junta que continuaba padeciendo limitación pecuniaria, mucho agradeció su generoso gesto[47]. Otra donación sobresaliente fue la que hizo don Manuel Rojas, quien había legado una suma de dos mil pesos, que estaba colocada a intereses y la propiedad en que residía antes de su muerte, a favor de los pobres. En el acta de la Junta del 23 de abril de 1853, se conoce sobre el legado que dejó al Hospital, el Presbítero Don Juan Santos Madríz, en su testamentaria del año 1852, del 16 de setiembre.

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