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CAPITULO IIHOSPITAL SAN JUAN DE DIOS. EL PRIMER HOSPITAL DE COSTA RICALOCALIZACIÓN DEL TERRENO.El 28 de octubre de 1845, el señor Presidente de la Junta de Caridad, Dr. Nazario Toledo le informa al Ministro de Relaciones del Supremo Gobierno del Estado sobre el terreno localizado para construir el Hospital[1]. Refiere la nota que de conformidad con lo acordado por el Supremo Gobierno, la Junta de Caridad nombró una Comisión de su seno para que observase con la mayor escrupulosidad el sitio donde se piensa establecer el edificio del hospital. Dicha Comisión, compuesta de los sujetos que mejor conocen la ciudad, ha informado que las manzanas de terreno que el señor Jefe de Estado reconoció, en unión de muchos vecinos de esta ciudad, son lo más idóneo para el edificio que se intenta levantar, porque las circunstancias del terreno y vecindad de casas, son las mejores, porque al fondo de dicho establecimiento serán menos costosas y porque al Sur de la población no hay punto donde fijar la vista para tan interesante objeto. La Junta espera y desea ver resuelto este punto que es sin duda el más cardinal, para proceder al avalúo e indemnización del terreno, sin lo cual no puede darse un paso adelante. Sírvase, usted, Señor Ministro, ponerlo todo en conocimiento del señor Jefe del Estado y admitir las consideraciones de aprecio y respeto de su afectísimo atento servidor. Nazario Toledo. Para el 18 de Noviembre de 1846, el señor Toledo, se dirige al vicejefe, encargado del Ministerio de Relaciones, refiriéndose que se recibe fechada 17 de Noviembre de ese mismo año, en la cual se autoriza a la Junta a contratar con Santiago Fernández, la compra de un terreno ubicado al Sur Oeste de la ciudad de San José, por un valor de 1.500 pesos.[2] Fue construido el hospital entre la Avenida Central y la Calle 14 de la ciudad de San José, donde se encuentra ubicado en la actualidad. Se indican las calles y avenida de conformidad con la distribución y localización geográfica que existe hoy día en nuestro país. El Poder Ejecutivo presentó el planteamiento de la solicitud realizada por la Junta de Caridad a la Cámara de Representantes, relacionado con el establecimiento de una Lotería o Rifa mensual y el local para erigir el edificio del Hospital, que basta decir que es el más adecuado el reconocido por la Junta y que no se da otro igual al Sur de esta ciudad porque en esa línea los terrenos son demasiado fangosos y no podrían mejorarse sino es con el gasto de inmensas sumas. Por esto y porque el terreno hacia la parte del Oeste es seco, se halla la distancia de seis manzanas de la Plaza y su indemnización será más equitativa, es de preferirse éste; pero el párrafo primero, artículo 3° del Decreto esta en oposición y solo al Poder Legislativo corresponde alterar o variar lo que en él se dispone. En consecuencia espera el Ejecutivo que tomando ambos negociados en consideración, con la preferencia que demanda su importancia, os sirváis autorizarle: 1°: para establecer la rifa de que se ha hablado, en los términos que propone la Junta y 2°: para ubicar el edificio del Hospital y el panteón en el punto que indica la misma Junta. San José, Noviembre 4 de 1845. Cámara de Representantes. Joaquín Bernardo Calvo[3]. El Decreto LVI de 31 de diciembre de 1845, da la autorización para señalar el lugar en donde deba ubicarse el referido establecimiento, sin sujeción a lo dispuesto por el capítulo 1°, artículo 3° del decreto del 3 de Julio de ese mismo año. Señala José Enrique Castro Cartín, en 1968, en su obra inédita, sobre la Junta de Protección Social de San José, que al existir autorización del Supremo Gobierno, para decidir sobre el terreno para el hospital y la lotería pública, en el Acta de la Junta de Caridad del día diez de mayo de 1846, en su artículo 1°: se destina el sitio señalado al Oeste de esta ciudad y a la distancia de seis cuadras (al oeste) en dirección de la Plaza[4], es el mejor y único que puede referirse; 2°: que se suplique al Supremo Gobierno para que ordene, se valoren y compren, por medio del Mando Político, las casas de Anselmo Fajardo, Juan Gómez, Ramón Abarca, Francisca Tana, María Chaves, Josefa Chavarría, que se hallan al rumbo de Sur a Norte y las de la viuda de Rojas, Eusebio Rojas, Josefa Rojas, viuda de Domingo Méndes, Juana Barquero, Brígida Solano, Oldefonso Guevara y Ambrosia Solano, las cuales se encuentran en la dirección de Este a Oeste, todas comprendidas entre las manzanas que deben comprarse, 3°: que se compren íntegras las dos manzanas que se enfrentan al sitio señalado, cuya extensión es de 180 varas, sin las diez que tiene la calle y se digan al Supremo gobierno, por nota separada, los fundamentos que la Junta tiene para no prescindir de este Acuerdo, 4°: que también, por nota separada, se interese al Gobierno para que solicite de las Cámaras la facultad de suplir de los fondos públicos lo que falta para la compra del terreno y casas mencionadas, 5°: que necesitando fondos para empezar a realizar los objetos que se han puesto a cargo de la Junta de Caridad entere a la Tesorería del Hospital los que se encuentran pertenecientes a ella, 6°: que tanto para tener un local exclusivo donde verificar las sesiones de la Junta como para ejecutar la lotería debía arrendarse un edificio. Se acordó tomar el de alto, del señor Don Manuel Alvarado, el que por hallarse ubicado en la Plaza es el mejor calculado para el efecto, 7°: que se autorice a los señores Víctor Castella, José María Montealegre y Cruz Alvarado para mandar a construir tanto los asientos como demás muebles de archivo y secretaría, como los necesarios para ejecutar la lotería. 8°: que también se autorice al señor Presidente para nombrar un Secretario con el sueldo correspondiente, cuyas obligaciones son: llevar el libro de actas, copiador de órdenes y notas, correspondencia con el Supremo Gobierno, cuentas de gastos sermanarias del edificio y resumen general de la Lotería, 9°: que se comisione a los señores Presbíteros José Ana Ulloa, José María Madríz, Agustín Carrillo y al señor José María Zeledón para que, poniéndose de acuerdo con los señores encargados de recoger las suscripciones, activen lo posible realizar los fondos que ofrecen, 10°: que se diga al Supremo Gobierno que para la próxima vez sería prudente ensayar la lotería con la mitad de la suma señalada por la ley, para que el pueblo se entere de la mecánica de esta suerte y de sus resultados y para que en el término de un mes pueda recogerse la cantidad de 1150 pesos, sin que el pueblo se entusiasme por esta diversión que le ofrece interés. En tal caso, puede dividirse la suma del modo siguiente: Premio a favor del hospital 100 pesos Un número premiado en cien pesos 100 pesos Cuatro idénticos en 25 pesos 100 pesos Ocho idénticos en 12 pesos y 4 reales 100 Veinticinco a 2 pesos 50 Cincuenta a un peso 50 _________ TOTAL 500 pesos. Con lo que terminó la sesión. Nazario Toledo.[5]------------------------------------------- Hospital de San Juan de Dios:"A finales del siglo XVIII se intentó por primera vez en Costa Rica, la fundación de un hospital; en 1784, determinó la Real Audiencia de Guatemala, que "el edificio que ocupan los Padres misioneros de San Francisco, llamado de la Soledad (en Cartago), siga sirviendo de Hospital, para lo cual se destinarán dos religiosos de San Juan de Dios y con los doscientos pesos donados por S.S.Ilma. don Esteban Lorenzo de Tristán, se manden quitar los tabiques de las celdas existentes a fin de dejar cómodos los salones de enfermería." No tenemos datos sobre si esta disposición fue cumplida en aquella oportunidad, pero sí sabemos que en 1791 se comenzó a instalar el Hospital San Juan de Dios en Cartago, siendo Prior administrador Fray Pablo Bancos."[6] Antes que Hospital, se habla de un Lazareto. Se dicta el Decreto LXXXIX del 24 de abril de 1826 el cual sanciona cada carga de algodón que entra en el Estado, con el impuesto de un real, que se cobrará en La Garita de Río Grande, para el establecimiento de un Lazareto general. [7]. El congreso Constitucional, mediante el decreto, en ese mismo año, funda el Hospital en unión del Lazareto, estableciendo diferentes impuestos para su sostenimiento, sin otro resultado, sin embargo, que el de aumentar los fondos destinados a su objeto.[8] Mediante el Decreto XXIII del 11de mayo de 1833 se establecen las Mandas Forzosas o Impuesto de Beneficencia, resultando insuficientes los recursos para el Lazareto, sancionado por el señor José Rafael de Gallegos, Jefe del Estado, electo el 4 de mayo de ese año. Considerando que el establecimiento del Lazareto es uno de los más interesantes a la sociedad, y por lo mismo debe someterse y que la ley que lo erigió, en su práctica se ha advertido diminuta, que los fondos destinados al mismo establecimiento no son bastantes, pero que pueden engrosarse por el medio indirecto de las mandas forzosas, y por el directo sobre aquella parte que los Curas son obligados a distribuir entre los pobres, sus beneficios. La manda forzosa será de cinco pesos sobre el quinto de todos los súbditos del Estado siempre que ésta sea de cincuenta pesos para arriba, que satisfarán los Albaceas, si los hubiese, o las personas que sean llamadas en falta de testamento a la sucesión intestada; y al efecto los Curas darán cuenta al Jefe Político del lugar mensualmente con una lista de los muertos, que hubiese habido en su Parroquia y que hayan pagado entierro. Establece además una pensión mensual de cuatro pesos sobre el Curato de Cartago, ocho sobre el de Heredia, seis sobre el de Alajuela y diez con relación al de San José, todo a favor del Lazareto. Al ser el número de casos de lepra muy pocos, en relación con los que se dieron en 1833, por lo cual se gravó con una contribución mensual a los beneficios parroquiales de Cartago, San José y Alajuela, o por los buenos efectos que producían las píldoras arsenicales en los leprosos o porque habían muerto algunos y que para la mantenencia de los que han quedado hay un sobrante de trescientos dos pesos un real, como consta del estado general de la Tesorería de aquellos fondos, se ha tendido a bien decretar, el 16 de agosto de 1834 mediante el decreto LXXVI, el cual reduce la pensión de los Curatos. Se rebaja una tercera parte a cada uno de los Curatos de la pensión mensual que sobre ellos estableció el artículo 8° del decreto de y luego es aumentada por medio de decreto de octubre de 1848, a favor del Hospital de San Juan de Dios. El diputado Doctor Nazario Toledo presenta una proposición para que se modifique el impuesto que pesa sobre las testamenterías y proyecto de ley de la Comisión de Legislación, reglamentando el cobro, administración y distribución del impuesto entre el Hospital San Juan de Dios y el Lazareto. El Congreso Constitucional aprobó el proyecto y se acordó emitir el respectivo decreto[9]. En 1852 se inicia la construcción del edificio que hoy ocupa el Hospital de San Juan de Dios, realizándose así el ideal que durante 68 años había sido perseguido con tenacidad, para honra de los sentimientos humanitarios que adornaban a nuestros antepasados.[10] Para 1855 ya estaban terminadas las instalaciones del Hospital San Juan de Dios, gracias a la colaboración de gran cantidad de costarricenses durante la etapa de su construcción y después de instalado siguieron colaborando para su funcionamiento. El hospital prestó servicios a los costarricenses y extranjeros de toda clase y posición social y económica. Para la campaña Nacional, de 1856 atendió a los hombres que lucharon en la gesta contra William Walker y sus filibusteros. El Dr. Carlos Hoffmann, médico cirujano Mayor del Ejercito, durante la campaña (12 de mayo de 1856), informa a los heridos y enfermos del ejercito expedicionario lo siguiente: "De orden Suprema tengo la honra avisar a los interesados que el Hospital San Juan de Dios en esta capital está bien preparado para recibir los heridos y enfermos del Ejercito expedicionario, que tengan el deseo de concurrir suministrándoles alimentos, curación y medicinas por cuenta del Supremo Gobierno. Los que no pudieran entrar en el Hospital, prefiriendo seguir su curación en casas particulares, se servirán dar aviso oportuno al que suscribe para recibir las visitas y remedios necesarios, por cuenta del Supremo Gobierno, siendo no obstante obligado, luego que puedan salir a la calle, a verse con el infrascrito en su casa (calle de la Pólvora) desde las siete hasta las ocho de la mañana cada vez que sea conveniente[11]. En su mayoría padecían de cólera, calenturas, disentería, úlceras, heridas, pulmonía, etc, producto de sus actividades.[12]. Refiere la Licenciada Eugenia Incera[13] que las diferentes Juntas de Gobierno de la Junta de Caridad trabajaron para encontrar la mejor ubicación del edificio del Hospital, encontrando el sitio, pero no fue nunca el más adecuado, como nos lo dicen algunos informes de la Junta de Caridad; ya que fue construido sobre un terreno, que en un tiempo fue pantano. La construcción fue hecha con errores, que luego hubo que enmendarlos, provocando gran cantidad de gastos a la Junta. El lugar que ocupa el Hospital es el mismo en que se encuentra hoy día, entre la Avenida Central y la Calle 14. En 1864 se observaba que la condición física de las instalaciones del Hospital San Juan de Dios era lamentable, al punto de que por esa época se había ordenado encalar las paredes exteriores de la estructura. "Algunos hechos importantes para el futuro de la institución fueron: la creación de la Hermandad de Caridad, que colaboró en el mantenimiento y mejoras de éste; la emisión de los estatutos, que contemplan todo lo referente a la organización interna del Hospital; el logro de ponerla bajo la dirección y servicio de las Hermanas de la Caridad, quienes regalaban cariño y bondad a tantos pacientes necesitados".[14] En 1864 se observaba que la condición física de las instalaciones del Hospital San Juan de Dios era lamentable, al punto de que por esa época se había ordenado encalar las paredes exteriores de la estructura. Para mayo de 1865 no podían ser más precarias las condiciones estructurales del Hospital San Juan de Dios. Había necesidad de instalar veinte camas más, y sin embargo, el estado material de la edificación virtualmente ofrecía peligro e incomodidad, por lo cual se resolvió proceder de inmediato a su remodelación. A todo esto, se sumaba el hecho de que en una instalación aislada del mismo Hospital se acostumbraba recluir a los enfermos mentales, lo que indujo a pensar en la conveniencia de ubicarlos en otro sitio. El 4 de junio de 1865 la Junta conoció de una nota suscrita por el Presbítero Ignacio Llorente, dirigida al Presidente de la institución, en la que le manifiesta que habiendo otorgado un testamento, hizo en él un legado de la cantidad de mil pesos a favor del Hospital, bajo la condición expresa de que dicho capital no pueda invertirse en reparaciones del mismo edificio ni en otra obra material, sino que es su voluntad la de que fuese colocada a interés y que con sus réditos se auxilie la asistencia de los enfermos exclusivamente, e indicó que la Junta admitía el legado en las condiciones dichas, podría disponer de él. La Junta aceptó el legado en los términos indicados y mostró su gratitud al distinguido religioso, reconociendo que las condiciones impuestas al legado, lejos de ser onerosas, las juzgaba racionales y previsorias en beneficio del establecimiento. Posteriormente, los mil pesos correspondientes al testamento fueron colocados en dos partidas de quinientos pesos cada una, por virtud de sendas solicitudes hechas por los señores Francisco Gallardo y Francisco Mora, con garantía hipotecaria y fiduciaria, al uno por ciento de interés mensual, por cinco años, pagaderos en trimestres. Posteriormente el Presbítero Llorente hizo otra donación a favor del Lazareto en 1866. En el año 1865, se iba compenetrando la comunidad en cuanto a las labores del Hospital y de los miembros de la Junta, se recibían donativos, a veces de alhajas, de semovientes y de sumas pequeñas sumas, hasta de tres pesos, todas las cuales eran puestas a la orden de la Tesorería para atender los gastos del Hospital[15]. Al ser escaso el personal del Hospital, la Junta acuerda en Julio de 1866[16], que aquellos pacientes que a juicio del facultativo, pudieran trabajar y ayudar allí mismo, conforme mejoren sus condiciones físicas, lo hicieren, ya que así, incluso, se complementaba su tratamiento En el año 1868, la Junta de Caridad analiza la posibilidad de traer por lo menos a cuatro Hermanas de la Caridad, de Guatemala o Francia. Las primeras Hermanas de la Caridad llegaron a Costa Rica, en diciembre de 1872. En 1868 el presidente de la Junta, insiste en la idea de organizar un Hospicio para enfermos mentales, aduciendo que "desgraciadamente (la demencia), es muy común en el país. La caridad de los ciudadanos costarricenses fue fundamental para la edificación del hospital, ya que los impuestos destinados a tal efecto era difícil recolectarlos. Dentro de los obsequios y donaciones realizadas a la Junta de Caridad, encontramos dinero, animales, joyas, arena, cañas, piedra, cal, etc. El Presbítero Cecilio Umaña realizó donaciones al Hospital, para 1852 entregó una por 500 pesos para su fundación, haciendo conciencia desde el púlpito, a los ciudadanos para que prestaran su colaboración a la obra de construcción del Hospital. En 1871, consignó en su testamento un legado muy elevado e importante (152.565 pesos[17]) al Hospital de San Juan de Dios, con lo que el hospital logró satisfacer sus necesidades durante muchos años. "En adelante, no estará atenida la Junta a los eventuales productos de sus rentas, gracias a la rica herencia que el muy virtuoso y caritativo sacerdote Canónigo le ha legado, así como al Lazareto. Desde que se fundó el Hospital, ya ese venerable sacerdote había prestado servicios pecuniarios que le habían hecho acreedor al título de Bienhechor del instituto. Después de haber socorrido a los pobres, estableció escuelas públicas, auxiliando la construcción de templos y la formación de empresas de utilidad general, su generoso corazón no estaba más satisfecho y comprendiendo que había un establecimiento que reclamaba sus socorros"[18]. En la sesión de tres de diciembre de 1871[19], la Junta aprobó las actuaciones del Dr. Vicente Herrera, conforme a las cuales, previamente autorizado por aquella, estuvo de acuerdo en que se ventilaran las acciones que tenía en la Compañía de Minas del Monte Aguacate, el Presbítero Cecilio Umaña, así como otras que poseía el causante en otra empresa minera de Santa Clara (Paires). En esta misma fecha, el Licenciado Pinto, Presidente de la Junta relataba sobre la materia en referencia, según consta en actas:[20] "Con noticia de que la mortual del Presbítero Umaña se ha estado dilatando con motivos más menos fútiles por uno de sus albaceas, y que no obstante haberse sacado de la masa de bienes como treinta y seis mil pesos, sólo se ha cubierto en una pequeña parte las mandas ordenadas en el testamento de dicho Presbítero, ocurrió al Gobierno, a fin de que por la parte que en esta testamentaria tiene el Lazareto, que corre a su cargo, se sirviese intervenir en ella, y exija de los albaceas cuenta de todas las operaciones que en el desempeño de su encargo hayan practicado, disponiendo luego que se depositen en el Banco Nacional el dinero existente en poder de ellos y los pagarés de créditos activos para que sus valores sean colectados por el Administrador, no permitiendo que aquellos dispongan de un centavo hasta la terminación de la mortual, previa Acuerdo del Gobierno" Así las cosas, la Junta resolvió aprobar el procedimiento seguido por su Presidente. Mientras se esperaba la entrada en posesión de la herencia que el Presbítero Umaña legó al Hospital, los miembros de la Junta de Caridad, acordaron el 17 de abril de 1872 abrir una cuenta en el Banco Nacional, por la suma de dos a tres mil pesos para hacerle frente a las eventualidades. Ese dinero sería financiado por el propio peculio de los honorables miembros de la Junta de Caridad. A finales de diciembre de 1871 el Presidente de la Junta Lic. Concepción Pinto, le da la bienvenida a las cuatro Hermanas de la Caridad de San Vicente de Paúl, procedentes de Guatemala, quienes le proyectan un mejor futuro al Hospital San de. Las religiosas se hacen cargo de la enfermería y todo lo relacionado con la atención de los pacientes del Hospital. Estuvieron en el Hospital, a partir de enero de 1872 hasta el 1° de agosto de 1977, que se retiran, según consta en carta conocida en la sesión #14-77 del 19 de abril de ese año, suscrita por la Hermana sor María Eliza Bolaños, de dicha congregación, en la cual indica que por más de 100 años han brindado sus servicios al Hospital, pero que por falta de personal suficientemente capacitado en la congregación y siendo una situación muy delicada la labor que realizaban, les sería imposible cumplir el compromiso en un futuro. Expirando de esta manera, el Consejo Provincial de las Hermanas de la Caridad, el contrato vigente, retirando a las Hermanas del Hospital San Juan de Dios. El 28 de Julio de 1977, en el acta #29, el licenciado Alfredo Robles Arias, expresa el más sentido agradecimiento a la las Hermanas y lamenta su retiro, indicando que pueden permanecer en la casa de descanso que la Junta les había dotado, en San Isidro de Coronado. Sin embargo, consta en las actas de ese período que la Junta envió una carta a la Caja Costarricense del Seguro Social, para que las Hermanas permanezcan en el Hospital San Juan de Dios, debido a la problemática que podría presentarse en el servicio de Enfermería del mismo, debido a su retiro. Consta en Actas de 1978, que las Hermanas permanecían en ese establecimiento. En la Gaceta del 14 de agosto de 1875, aparece publicado el Decreto #36, mediante el cual se priva a la Junta de la exclusividad en la percepción de la renta de las mandas forzosas, que se había creado por decreto de 14 de agosto de 1855, sobre las sucesiones a favor del Hospital San Juan de Dios y del Lazareto, correspondiendo en lo sucesivo a la provincia o comarca en que se abra la sucesión. Las Municipalidades lo destinarán a favor de hospitales u otros establecimientos de beneficencia pública. La recaudación del referido impuesto corresponde al Tesorero del establecimiento de beneficencia respectivo, y no habiéndolo, al de propios de cada provincia. Mientras el edificio para el objeto que las Municipalidades designen no está en construcción, las mismas pondrán al interés con las seguridades legales, las sumas que se vayan recaudando cada vez que el depósito en tesorería no baje de 200 pesos y solo por el tiempo que se considere necesario atendida la inversión. Informa el Presidente de la Junta, el señor Federico Tinoco, que para 1875 ya se contaba con buena parte del legado del Presbítero Umaña. Los ingresos han ascendido a 40.747.42 pesos, pero en esta suma figuran 5.233.62 pesos de capitales devueltos, 27.339.66 pesos recibidos del Banco Nacional y 195.82 pesos de derechos sobre mortuales y mausoleos, así como de pensiones y limosnas. Esta suma, junto con la de los intereses que produjeron las mil acciones del Banco Nacional, que fueron parte del legado del Presbítero Umaña, que ascendieron este año a la cantidad de 20.576.73 pesos, es la que debería haber sido suficiente para los egresos del año, pero habiendo subido éstos a 32.787.43 pesos, ha habido un déficit de 4.232.38 pesos , en que se ha aumentado la cuenta que esta Junta abrió en dos años anteriores en el Banco Nacional y que hoy monta a la fuerte suma de 21.498.38 pesos[21]. En 1885, el presidente de la Junta de Caridad señala que el caudal de la institución ascendió a 139.991.50 pesos del que formaban parte acciones de las minas de Santa Clara y de la Compañía del Monte Aguacate. La renta producida por ese capital, los impuestos recaudados y demás eventualidades con que se ha contado para el servicio hospitalario dieron en los últimos doce meses un producto de 22.722.03 pesos. De esa cantidad, se gastaron en alimentos, medicinas, sueldos, reparaciones del edificio, instrumentos de cirugía, construcciones nuevas y otros rubros, 22.628.05 pesos, menor en 858.83 pesos que la calculada para gastos en el citado año económico.[22] El Hospital, consecuentemente con la disposición testamentaria del inolvidable Canónigo Umaña no ha recurrido al capital para gastos del establecimiento y tiene un sobrante de las rentas ordinarias. Hubo en el Hospital durante 1885, 535 enfermos. Las estancias alcanzaron a 24.078. Estuvo cada uno, por término medio, 45 días en el Hospital y la cantidad promedio diaria de enfermos internados fue de 64. El costo por atención a cada enfermo fue de 36 y 1/3 pesos por día. Para 1884, ingresaron al hospital 466 enfermos y el número de estancias fue de 21.794.[23], aunque para otras épocas si tuvo inconvenientes que lo obligaron a recurrir a gran cantidad de estrategias para su mantenimiento. "Al finalizar el siglo el Hospital de San Juan de Dios se compone de dos pabellones para las mujeres y uno para los hombres que estén en el servicio de Medicina; un pabellón para hombres, debido a la munificencia de las colonias extranjeras, y otro para mujeres en departamento de cirugía, una hermosa sala de operaciones, construida conforme a las reglas más modernas para su buen servicio y desinfección (estrenada en agosto de 1900), una sala de autopsias, un pabellón para la ropería y el alojamiento de los sirvientes y otro para habitaciones de las Hermanas de Caridad; además existe un pedazo del edificio antiguo, en que se encuentra parte del servicio de Medicina, lo incurables, la capilla y el laboratorio."[24] Por Decreto 43 de 28 de mayo de 1909[25] El Congreso Constitucional de la República de Costa Rica, decreta la nacionalización del Hospital de San Juan de Dios y se cambia el destino de las rentas de la lotería. Esto por cuanto hasta esa fecha el hospital es sostenido con sus propios recursos y con elementos puramente locales, presta de hecho, servicios nacionales, que es de suma conveniencia para el país afianzar y regularizar tal situación, proveyendo a este establecimiento de las rentas necesarias para que continúe sin estorbo su humanitaria labor. El decreto destina al mantenimiento del Hospital de San Juan de Dios de esta capital, además de los recursos de que en ese momento dispone, lo que sobre de los productos de la Lotería Nacional, una vez satisfechos los gastos del Asilo Chapuí, quedando obligado el hospital a recibir enfermos de todos los lugares de la República y se le dona el terreno ocupado por la cárcel vieja, contiguo a sus edificios. [1] Archivo Nacional de Costa Rica. Documento inédito, según informa la señora Sara Alfaro, funcionaria de esa Institución. En: Castro Cartín, José Enrique. JPSSJ. La Institución autónoma más antigua de Costa Rica. Inédito. Agosto 1968. [2] Archivo Nacional de Costa Rica. Serie Gobernación. #26092. Noviembre 1846. F.3 [3] Ibíd [4] "La Plaza". Estaba localizada en donde hoy día está el Parque Centra de San José. [5] Archivo Nacional de Costa Rica. Actas de la Junta de Caridad de San José. 1846. En: Castro Cartín, José Enrique. JPSSJ. La institución autónoma más antigua de Costa Rica. Inédito. Agosto 1968. [6] Lachner Sandoval, Vicente. Dr. "Revista de Costa Rica en el Siglo XIX". 1900. P. 203. [7] Archivo Nacional de Costa Rica. Serie Congreso. #12725. Decreto de 24 abril 1826. [8] Lachner Sandoval, Vicente. Dr. "Revista de Costa Rica en el Siglo XIX". 1900. P.204 [9] Archivo Nacional de Costa Rica. Serie Congreso #1331. Agosto 20, setiembre 29. 1848. [10] Lachner Sandoval, Vicente. "Revista de Costa Rica en el Siglo XIX". 1900 P. 204 [11] Boletín Oficial "La Crónica" República de Costa Rica. # 192, San José, mayo 1856:439. En: Incera Olivas Eugenia. "El Hospital San Juan de Dios, sus antecedentes y evolución histórica. 1845-1900.P.29 [12] Revista del Archivo Nacional. Año XXX. San José, Costa Rica. 1966. P.177-193. / Actas de la Junta de Caridad de San José. 1856-1857. / Informe de la Junta de Caridad. HSJD. Junio 1856-Junio 1857. [13] El Hospital San Juan de Dios, sus antecedentes y su evolución histórica. 1845-1900. P.107 [14] Incera Olivas, Eugenia. El Hospital San Juan de Dios, sus antecedentes y su evolución histórica. 1845-1900. Tesis de Grado. UCR. 1978 [15] Actas de la Junta de Caridad de San José. 1865. Tomo I. Julio 1952 a diciembre 1868 [16] Actas de la Junta de Caridad de San José. 1866. Tomo I. Julio 1952 a diciembre 1868 [17] Cruz Molina, Yolanda. "La Junta de Caridad de San José, 1845-1936". Tesis de Grado. UNA. 1981 [18] Castro Cartín, José Enrique. JPSSJ. La institución autónoma más antigua de Costa Rica. Inédito. Agosto 1968 [19] Actas de la Junta de Caridad de San José. 1871. [20] Ibíd [21] Actas de la Junta de Caridad de San José. 1875 [22] Actas de la Junta de Caridad de San José. 1885 [23] Ibíd [24] Lachner Sandoval, Vicente. "Revista de Costa Rica en el Siglo XIX". 1900. P.205. [25] Colección de Leyes y Decretos. Archivo Nacional de Costa Rica. 1909 |
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