JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

REGLAMENTO PARA EL  SORTEO LA RUEDA DE LA FORTUNA

 

1.            DE LA SUPERVISIÓN DEL SORTEO DE LA RUEDA DE LA  FORTUNA

 

A todos los Sorteos de la Rueda de la Fortuna debe asistir el Gerente General, el Auditor Interno y el Director de Producción y Ventas  de la Junta de Protección Social, quienes a su vez pueden designar a los funcionarios que habitualmente los sustituyen durante sus ausencias, para que los reemplacen temporalmente en esta función. Para este efecto, deben previamente justificarse ante el superior inmediato, con un día de anticipación, salvo fuerza mayor o caso fortuito. En calidad de Inspector puede asistir un funcionario judicial, o un notario público, según lo determine administrativamente la Junta de Protección Social, de común acuerdo con la Corte Suprema de Justicia.

 

También podrán asistir funcionarios del Departamento de Inspectores, a quienes les corresponde velar porque el  sorteo se desarrolle bajo eficientes normas  de seguridad para todos los asistentes, y el personal de apoyo informático necesario, de conformidad con los requerimientos de los diferentes sorteos que se lleven a cabo.

 

2.      DE LOS PARTICIPANTES EN EL SORTEO DE LA RUEDA DE LA FORTUNA:

 

2.1   Cuatro participantes seleccionados de las personas que hayan llamado  al número telefónico previamente anunciado por la Junta y que registraron los dígitos que conforman el  código de validación  de un boleto de Lotería Instantánea  sin premio.  El código de validación está conformado por los once dígitos que aparecen en el área de juego de cada boleto,  cubierto bajo la capa de “latex”. La selección se efectuará por medio de tómbola electrónica.

 

2.2   Para hacerse acreedor legítimo a la participación, la persona seleccionada debe presentar físicamente  el boleto registrado, que haya resultado  favorecido durante el sorteo,  en las oficinas de la Junta de Protección Social, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha en que se anuncie su selección durante la transmisión televisiva de la Rueda de la Fortuna. La Gerencia General en casos especiales debidamente justificados podrá autorizar otros medios, ya sea electrónico, fax u otros, que sean idóneos para acreditar la participación de los concursantes en el programa.

 

2.3     Adicionalmente, en cada sorteo de la Rueda de la Fortuna, participan como máximo  dos personas portadoras cada una de un boleto que otorga la participación directa en el Sorteo de la Rueda de la Fortuna.  Para hacer efectiva su participación debe apersonarse a la Junta de Protección Social,  para validar el tiquete ganador. En  caso de  haber en una misma semana  más de dos personas ganadoras, se les asignará  la fecha de participación respetando el orden cronológico en que se presentan en la Junta. Caso contrario, que no existan participantes con la palabra “Raspa”, ó sólo haya una, las personas faltantes se seleccionarán de las raspaditas activadas o por llamada telefónica (bajo el mecanismo indicado en el punto 2.8).

 

2.4   Si alguna persona seleccionada no puede asistir al Sorteo de la Rueda de la Fortuna,           puede enviar un representante, quien debe portar su documento de identificación  (cédula de identidad, cédula de Residencia o Pasaporte)  y la de su representado, sin alteraciones que hagan dudar de su autenticidad o legitimidad, así como  una autorización por escrito del favorecido en donde se debe indicar  la razón o razones para su no asistencia.

 

2.5    En caso de que alguno de los participantes por algún motivo no pueda asistir o enviar un representante al Sorteo de la Rueda de la Fortuna, en la fecha para la cual ha sido llamado, puede solicitar su participación por escrito, única y exclusivamente para el siguiente sorteo; en caso contrario pierde su derecho de participación.

 

2.6    En caso de que un participante, por  impedimento físico, no pueda hacer girar la Rueda por tres veces sobre su punto de partida, ésta debe ser girada por el funcionario judicial o notario público, o en su defecto por la persona que designe el participante.

 

2.7  Todos los concursantes hacen su participación respetando el mismo orden en que  fueron seleccionados durante el sorteo anterior.

 

2.8     Adicionalmente se incorporará una persona por medio de llamada telefónica a la sala estudio durante el desarrollo del programa, el conductor indicara el tipo de producto y la cantidad del mismo que deberá tener en su poder una persona, se indicará el momento a partir del cual pueden llamar, y la primera llamada que ingrese será la que tenga la opción de girar la rueda. Esta debe ser girada por el funcionario judicial o notario público, o en su defecto por la persona que designe el participante. El monto del premio que obtenga el participante se tomará del fondo para premios extra.

 

2.9     Si se presenta algún inconveniente que impida la participación de alguno de los participantes, ese espacio se cubrirá con una llamada más desde la sala estudio a las personas que hayan activado sus raspaditas.

 

2.10.  Una misma persona sólo podrá participar una vez en cada programa.

 

3.         DE LA DESCRIPCIÓN DEL JUEGO:

 

       Los participantes seleccionados giran una vez la rueda, que consiste en una máquina elemental de forma  circular que gira por impulso sobre un eje concéntrico.

 

3.1        Esta rueda está compuesta de cincuenta casillas de premios, según la siguiente distribución:

  

   5casillas de ciento cincuenta  mil colones               (¢150.000)

           25  casillas de doscientos cincuenta mil colones      (¢250.000)

     12 casillas de trescientos mil colones                        (¢300.000)

             5 casillas de quinientos mil colones                        (¢500.000)

             2 casillas de un millón de colones                        (¢1.000.000)

             1 casilla de  “Gran Premio”.

 

3.2   El monto del premio en la casilla de “Gran Premio” se inicia   con un importe  de ¢10.000.000 (diez millones de colones) y se aumenta en ¢1,000.000 por semana hasta su acierto.  Cuando el “Gran Premio” es acertado, se reinicia con su base original de ¢10.000.000, continuando su proceso de acumular ¢ 1,000.000 adicional a partir de la semana siguiente al acierto.

 

4.         PROCEDIMIENTO DE JUEGO:

 

4.1   Cada participante tiene derecho a un giro de la  Rueda, que es la máquina elemental de forma circular, que gira por impulso sobre un eje concéntrico.  Esta debe girar desde el punto de partida al menos tres vueltas.  El participante  se hace acreedor al monto del premio seleccionado y termina su participación.

 

4.2             Durante el desarrollo del programa se realizarán los sorteos que la Junta defina, utilizando los equipos electrónicos correspondientes, o en su defecto la tómbola manual.

 

Se aprueba el presente Reglamento, según artículo I), de la sesión extraordinaria                No. 16-2009, celebrada el 15 de octubre del 2009.                                  .