Fortalecimiento de Instituciones Públicas de Asistencia Médica

Proyectos:

- Formulario para proyectos (descargar word )

- Listado de requisitos (descargar word )

 

Observaciones importantes:

De conformidad con el artículo 8, inciso d) de la Ley Nº 8718, serán objeto de financiamiento únicamente los siguientes conceptos:

1)  Equipo médico especializado.

2)  Remodelaciones necesarias para la instalación de los equipos médicos.

Se atenderán principalmente proyectos dirigidos al fortalecimiento de unidades de salud pública ubicadas en las áreas prioritarias definidas por la CCSS, de conformidad con el Índice de Desarrollo Social Distrital.

Se considerarán los proyectos dirigidos a la compra de equipo médico especializado:

a)     Que respondan al grado de complejidad de la unidad de salud, según lo establecido por la CCSS.

b)    Cuando la unidad de salud cuente con el personal profesional y técnico para el uso del equipo. 

c)     Cuando la compra del equipo no pueda ser atendida con presupuesto de la unidad de salud o bien de la CCSS.

d)    Se atenderán solicitudes presentadas por otras entidades públicas que brinden servicios complementarios a Hospitales y Clínicas de la CCSS, mediante la realización de estudios de laboratorio que permitan la verificación de diagnósticos.

No se tendrán en cuenta proyectos de entidades privadas que venden servicios a la CCSS, entre ellas las cooperativas de autogestión que tienen a cargo algunos servicios de salud.

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