Autorizaciones provisionales que requieren del visto bueno de la Gerencia ( si el representante no es hijo (a),cónyuge ó compañero (a) del adjudicatario )

Nombre del trámite: Autorizaciones provisionales que requieren del visto bueno de la Gerencia ( si el representante no es hijo (a),cónyuge ó compañero (a) del adjudicatario)

Dependencia: Gerencia de Operaciones, Departamento Administración de Loterías.

Dirección de la dependencia: Calle 20 Sur Avenida 4, Distrito Hospital, Barrio Don Bosco, San José o bien  San José, 100 metros Sur de la entrada de Emergencias del Hospital Nacional de Niños.

Horario: De Lunes a Viernes de 8:15 a.m. a 3:00 p.m.

Licencia, autorización o permiso que se obtiene en el trámite: Autorización provisional.

Requisitos:

  1. Presentar nota de solicitud de autorización autenticada por notario público o abogado. 
  2. Copia de la cédula de identidad. 

Fundamento Legal:  No. de Ley 7395 ( Ley de Loterías) y artículos No.13 / No. de Reglamento a la Ley de Loterías y artículos No.35,36,37,38,39 y 40.

Plazo de resolución: 3 días hábiles

Vigencia de la licencia, autorización o permiso: 2 años

Costo del trámite: No tiene costo

Funcionarios Contacto:

  • Nombre: Carlos Soto Blanco / Email: csoto@jps.go.cr / Teléfono: 2522-2222
  • Nombre: Víctor Agüero Piedra / Email: vaguero@jps.go.cr / Teléfono: 2522-2233

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